ULTIMAS NOTICIAS

Renunció José Luis Espert a su candidatura como Diputado Nacional

El economista y dirigente liberal comunicó su decisión este fin de semana, a 21 días de las elecciones legislativas del 26 de octubre.

A través de un comunicado titulado “Por la Argentina, doy un paso al costado”, Espert señaló que su salida se da en medio de “una operación orquestada por un sistema que destruyó al país por décadas” y denunció haber sido víctima de un “juicio mediático despiadado”.

“No tengo nada que ocultar y demostraré mi inocencia ante la Justicia, sin fueros ni privilegios”, expresó el dirigente, quien aseguró que no seguirá “prestándose a esa maniobra”.

En el mensaje, el economista reafirmó su respaldo al Gobierno nacional y pidió a los dirigentes de La Libertad Avanza “no dejarse psicopatear” y concentrar los esfuerzos en explicar el rumbo político y económico del oficialismo.

La renuncia de Espert ocurre a menos de un mes de las elecciones legislativas y reconfigura el mapa interno del espacio liberal dentro del Congreso.

¿Quién lo debe reemplazar? En segundo término de la lista se encuentra la candidata, ex modelo y conductora, Karen Reichardt. Sin embargo, conforme lo establece el articulo 7 del decreto reglamentario 171/2019 de la ley de paridad de género 27. 412, quien deberá reemplazarlo será «la persona del mismo género que le sigue en la lista», esto es, Diego Santilli, dirigente del PRO.

Aqui el texto del mencionado decreto:

ARTÍCULO 7°.- Cuando un precandidato o precandidata o un candidato o candidata oficializado u oficializada falleciera, renunciara, se incapacitara permanentemente o fuera inhabilitado por cualquier circunstancia antes de la realización de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias o de las elecciones generales, será reemplazado por la persona del mismo género que le sigue en la lista, debiendo realizar la agrupación política o en su caso la Justicia Electoral, los corrimientos necesarios a fin de ordenarla respetando los requisitos de conformación paritaria establecidos en el artículo 60 bis del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por Decreto N° 2135/83) y sus modificatorias.
La Justicia Nacional Electoral dará publicidad a dicha corrección en su sitio web.

Deja un comentario

Descubre más desde Vuelo Diario Portal de Noticias

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo